En alguna medida debo desdecirme de dos posts anteriores sobre la desprotección de datos privados en Costa Rica, pues ya está presentado en la Asamblea Legislativa un proyecto denominado Ley de Protección de la Persona Frente al Tratamiento de sus Datos Personales (No. 16.679, formato doc), tal y como informó el diario La Nación el pasado 4 de diciembre. El proyecto establece, en su artículo 10, que "los datos de carácter personal conservados en archivos o bases de datos públicos o privados, solo podrán ser cedidos a terceros para fines directamente relacionados con las funciones legítimas del cedente y del cesionario, con el previo consentimiento del interesado".
Sin embargo, vía Menéame, me encuentro con este artículo en Kriptópolis "Acceso a los sistemas de información: ¿Arma para la delincuencia?" sobre empleados de instituciones públicas que son captados por grupos mafiosos para vender o alterar información.
Si no existen mecanismos de seguridad informática que restrinjan el acceso y las posibilidades de copia de información (en dispositivos USB) que acumulan instituciones como la Caja Costarricense de Seguro Social (planillas de todos los asalariados que están asegurados, además de expedientes médicos), el Tribunal Supremo de Elecciones (cédulas de identidad), el Registro Público, entre otras, así como empresas públicas y privadas (bancos), la ley puede convertirse en un instrumento muy limitado. Por ejemplo, establece sanciones económicas en múltiplos de salarios base, pero no sanciones penales para quienes de manera deliberada hurten información con el fin de venderla a empresas que la utilicen de manera comercial o a grupos con fines ilícitos.
Tags Blogalaxia: datos+privados derechos+individuales privacidad legislación ley+datos+privados
0 comentarios:
Publicar un comentario